Seguros – José Teobaldo Rojas

Patricia* tiene una póliza de salud desde hace algún tiempo. La fecha de la renovación es el 1 de enero de cada año y nunca ha cambiado de empresa. Este año, debido al precio de la prima, intentó darse de baja para contratar otro seguro, pero no pudo hacerlo. ¿Por qué le ocurrió esto?

Notificación 

En lo concerniente a las responsabilidades de los implicados, la Ley de Contrato de Seguro en el articulo 22.2 dice: «Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de, al menos, un mes de anticipación a la conclusión del período del seguro en curso cuando quien se oponga a la prórroga sea el tomador, y de dos meses cuando sea el asegurador«.

De este articulo se desprende que el plazo para notificar la prórroga del contrato de seguro es de dos meses para la compañía de seguros y de un mes para el Tomador de la póliza antes de la fecha de vencimiento de la misma.

Patricia llamó a la compañía de seguros el 20 de diciembre para notificar que no renovaría el seguro de salud. La empresa rechazó la petición alegando que el tiempo para oponerse a la renovación del contrato había vencido. Por consiguiente, tal como estaba previsto, el seguro se renovará el 1 de enero.

Lo curioso, es que ella tampoco recibió la carta del asegurador dentro del plazo establecido.

Si bien es cierto que Patricia actuó a destiempo, la empresa tampoco cumplió con su obligación. A menos que demuestre lo contrario. ¿Qué opciones tiene Patricia?

Cuando las partes incumplen sus obligaciones

Patricia pudiera mandar un Burofax a la empresa de seguros expresando las razones por las cuales no desea renovar la póliza e indicando no haber recibido la notificación del asegurador en el plazo previsto.

Formalizar el requerimiento a través de este recurso sería una prueba para formular una denuncia ante el organismo correspondiente. (El mismo procedimiento podría seguirse cuando el Tomador notifica con suficiente tiempo al asegurador que no desea renovar el contrato de seguro pero este hace caso omiso de la notificación y continua cobrando las cuotas).

Algunos son mas radicales y ordenan al banco devolver los recibos. No obstante, esto podría traer como consecuencia que seamos incluidos en un registro de morosos.

Tengamos presente que, ante la devolución de varios recibos, algunas aseguradoras pasan la deuda a empresas especializadas para que realicen la gestión de cobro.

Lo recomendable entonces es procurar resolver las cosas mediante los canales regulares apelando a la cordura y el sentido común. Pero cuando esto no sucede, cualquier cosa puede ocurrir. Es una de las consecuencias que genera el abuso.

*Se ha cambiado el nombre